02 junio 2026 · Impuestos y Autónomos

Alquileres y venta de inmuebles sin Ganancias: Enterate si te toca este beneficio y cómo aprovecharlo

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Si tenés un inmueble en alquiler o estás pensando en vender una propiedad, hay buenas noticias del lado de los impuestos. La ARCA terminó de acomodar las fichas y reglamentó los beneficios que te permiten no pagar el Impuesto a las Ganancias en ciertas operaciones inmobiliarias. En un contexto donde cada peso cuenta para tu negocio o tus finanzas personales, entender estos alivios fiscales te puede hacer ahorrar mucho dinero.

¿Qué cambia?

El cambio principal es que se formalizan y ponen en marcha los mecanismos para que queden exentos (es decir, libres de pagar) del Impuesto a las Ganancias:

Esto significa que ese dinero extra que te ingresa o el fruto de tu venta va directo a tu bolsillo, sin sufrir retenciones ni impuestos directos de este régimen.

¿A quién aplica?

Esta medida está pensada exclusivamente para personas humanas y sucesiones indivisas. Es decir, aplica para vos si sos un particular, un profesional independiente, un emprendedor o un monotributista que tiene estas propiedades a su nombre.

Atención: No aplica para sociedades comerciales (como una S.R.L. o una S.A.), las cuales siguen teniendo su propio régimen de Ganancias.

¿Qué tenés que hacer vos?

Para que el beneficio sea real y la ARCA no te reclame nada el día de mañana, no basta con cruzarse de brazos; hay que cumplir con la formalidad. Esto es lo que tenés que asegurar:

  1. Revisar tus contratos: Confirmá que los contratos de alquiler vigentes cumplan con las condiciones de destino de vivienda que exige la ley.
  2. Registrar las operaciones: El contrato de alquiler debe estar debidamente declarado en el registro de ARCA (RÉLI).
  3. Guardar los comprobantes: Si vendiste una propiedad para reinvertir en tu vivienda, debés tramitar el «certificado de no retención» antes de la escritura para que el escribano no te retenga el impuesto.
  4. Declarar correctamente: Al momento de presentar tu Declaración Jurada anual de Ganancias, estas operaciones deben informarse en el apartado de «ingresos exentos».

¿Te quedan dudas de si tu propiedad entra en el beneficio? Las leyes impositivas tienen letra chica y un error en la presentación puede anular tu ahorro. En DOCTA Estudio Contable nos encargamos de analizar tu caso, registrar tus contratos y hacer que pagues solo lo que te corresponde.

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